La Reparación Histórica fue presentada como una solución para recomponer haberes previsionales mal liquidados durante años.
Muchos jubilados la aceptaron confiando en una mejora inmediata y en la promesa de previsibilidad.
Sin embargo, aquel Acuerdo se circunscribía a una situación concreta y a una “fotografía” normativa determinada.
Lo que no podía prever ni validar era lo que vendría después: El quiebre del sistema entre el año 2018 y el año 2024.
Los haberes previsionales sufrieron una licuación sistemática y sostenida. Cambios en las fórmulas de movilidad, suspensiones legislativas, Decretos discrecionales y aumentos desvinculados de la inflación provocaron una pérdida real del poder adquisitivo sin precedentes.
Quienes habían aceptado la Reparación Histórica no sólo no quedaron protegidos frente a este deterioro, sino que en muchos casos fueron especialmente perjudicados, ya que partían de haberes más altos que luego quedaron congelados o crecieron por debajo del costo de vida.
¿Puede reclamarse judicialmente?
La respuesta es SÍ.
Ningún Acuerdo puede legitimar:
- La confiscatoriedad del haber previsional
- La ruptura del principio de proporcionalidad
- La pérdida del carácter sustitutivo de la jubilación
- La vulneración del derecho de propiedad
El haber jubilatorio no es una dádiva sino un Derecho de naturaleza alimentaria, protegido constitucionalmente. Cuando el Estado altera de manera irrazonable su valor real, habilita la vía judicial, aún frente a Acuerdos previos.