La ley 27.705 ha creado dos Herramientas para regularizar deuda previsional:

A) Un plan de pago de aportes adeudados para personas que cumplieron los 60 años de edad (mujeres) y los 65 años de edad (varones): en este caso es posible acceder a la jubilación y pagar los aportes mediante descuentos que ANSES practica sobre el mismo haber previsional. Es posible pagar los aportes en hasta 120 cuotas que se reajustarán por ley de movilidad. El interesado debe someterse a una verificación socio económica de cuyo resultado dependerá que ANSES permita o no usar la moratoria. De todos modos, en San Juan, la Justicia ha permitido dejar de lado la verificación socio económica negativa y acceder a la moratoria (Fallo: “Santana, Miguel Santos c/ ANSES y Otro s/ Amparo ley 16.986 – de Menin Abogados).

B) Un plan de compra anticipada de aportes, pensado para mujeres de entre 50 y 59 años de edad y varones de entre 55 y 64 años de edad a quienes falten aportes suficientes para acceder al a jubilación al momento de cumplir la edad mínima (60/65 años): en este caso, el ciudadano abonará “de su bolsillo” el monto adeudado hasta alcanzar los 30 años de aporte. Podrán pagar la deuda en hasta 120 cuotas. Deberá demostrar que tiene capacidad económica para hacer frente al pago. Podrá jubilarse usando esos aportes, recién al cumplir los 60/65 años de edad.

La ley estará vigente, en principio, durante 2 años.

Ante cualquier duda, recuerde que la ley 17.040 indica que sólo los abogados están autorizados para gestionar y tramitar beneficios ante la ANSES.

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