La ley 27.705 creó esta herramienta que tiene como finalidad computar la Unidad adquirida como servicio para el acceso a las prestaciones previsionales en aquellos períodos en los que la persona no haya prestado servicios bajo relación de dependencia registrada y/o en carácter de independiente y siempre que dicho período no fuera posterior al 31/03/2012.

Los requisitos para utilizar esta herramienta son:

  1. a) Ser mayor de 50 años la mujer y 55 años el hombre y menor de 60 años la mujer y 65 años el hombre;
  2. b) Acreditar ingresos que permitan la justificación del pago de la Unidad, conforme lo establezca la reglamentación pertinente;
  3. c) Haber residido en el país y no haberse encontrado prestando servicios bajo relación de dependencia registrada o en carácter de autónomo/a y/o monotributista en el período que se pretende adquirir la Unidad, contando desde los 18 años y hasta el 31/03/2012.

La Unidad De Cancelación De Aportes Previsionales Para Trabajadores Y Trabajadoras en Actividad tendrá un valor equivalente al 29% de la base mínima imponible de remuneración establecida por el artículo 9° de la Ley Nº 24.241 y sus modificatorias, y se computará como 1 mes de servicio para el cómputo de la Prestación Básica Universal, correspondiente al período que fuera imputado, el cual será registrado en la historia laboral del ciudadano o de la ciudadana.

El valor será de pago voluntario, pudiendo pagarse del primer al último día del mes de adquisición del mismo.

Desde MENIN ABOGADOS podemos ayudarte a conseguir tus aportes a través de este novedoso mecanismo!

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